La Razon.es 11/10/06 Madrid- La Federación de Consumidores en Acción (Facua) y la Unión de Consumidores de España (UCE) solicitaron ayer que se siga investigando el presunto fraude en los cambios de operador telefónico que se instruye en un juzgado de Barcelona.
En este momento, se encuentran implicados 115 trabajadores ¬¬-principalmente comerciales- de una empresa que la compañía Auna había subcontratado para conseguir nuevos abonados.
La empresa telefónica está personada en la causa abierta en Barcelona como parte afectada, pues los implicados, para facturar más contratos, falsificaban firmas de nuevos clientes o los engañaban. A pesar de ello, la Federación de Consumidores en Acción considera que «la compañías beneficiadas por estos fraudes no pueden eludir su responsabilidad, máxime teniendo en cuenta las trabas que suelen poner a los afectados que intentan darse de baja, incluso amenazándolos con llevarlos a los tribunales si no pagan los recibos», añade el comunicado.
Asimismo, Facua responsabiliza a la legislación vigente de incentivar estos fraudes. La nota pública asegura que «la deficiente normativa del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio que regula los cambios de operador viene propiciando este tipo de estafas desde hace cinco años, por lo que insiste en solicitar su modificación».
Pasividad del TDT
Y es que, según esta misma organización de consumidores, la regulación de las preasignaciones establecida por la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT) «favorece este tipo de fraudes, ya que ni el operador que pierde los clientes ni un organismo público público independiente pueden verificar la veracidad de los contratos». Facua denuncia la, a sus ojos, pasividad del Tribunal de Defensa de la Competencia (TDC), que «decidió en diciembre de 2003 desestimar un recurso presentado por Telefónica relativo a una denuncia contra Auna y Uni2 pese a considerar tales irregularidades «deplorables desde el punto de visto humano», argumentando que «no han producido perjuicio grave a la competencia» al no restarle una cuota de mercado considerable». La organización asevera que dicha resolución «obviaba el grave perjuicio causado a los consumidores así como hechos de extrema gravedad como la falsificación de firmas».
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